Marcado CE para áridos reciclados
Información de Fueyo Editores
Los áridos y materiales reciclados que se comercializan en la Unión Europea deben contar con un marcado CE, una certificación que garantiza que el producto que se ofrece tiene unas características establecidas y declaradas por el productor, que se comprueban periódicamente por medio de analíticas y bajo una norma de carácter europeo.
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La más utilizada para los áridos reciclados es la conocida como Áridos para capas granulares y capas tratadas con conglomerados hidráulicos UNE-EN 13242:2003+2008. Esta norma es la que mayor demanda tiene debido a que el uso de áridos reciclados en la construcción de carreteras es el uso más extendido para estos. Otra norma bajo la que se suelen marcar eventualmente los áridos reciclados es Áridos para hormigón UNE-EN 12620:2003+A1:2009. El marcado bajo esta norma se suele hacer generalmente con áridos hechos exclusivamente con residuos de hormigón, muy seleccionados que se utilizan mayoritariamente en la producción de prefabricados de hormigón.
El marcado CE de los áridos no asegura que estos cumplan con el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes (PG3), ya que esta última es una normativa de carácter estatal, la cual define criterios para diferentes aplicaciones de áridos y materiales en usos relacionados con carreteras y puentes.
En España, a día de hoy, aproximadamente el 70% de los áridos y materiales reciclados producidos no cuentan con un marcado CE, lo que dificulta la comercialización de estos, ya que suele ser un requisito por parte de la empresa consumidoras de áridos, como parte de su sistema de control de calidad.
La granulometría es el ensayo más importante para la elaboración de un marcado bajo la norma de Áridos para Capas Granulares y capas tratadas con conglomerados hidráulicos UNE-EN 13242:2003+2008es CE. A partir de esta los fabricantes pueden elegir en cuales de los ensayos de la norma quieren que su árido tenga el marcado. Los ensayos que recoge esta norma son:
ENSAYOS GENERALES
1. Granulometría EN 933-1
2. Forma de áridos gruesos EN 933-3 y EN 933-4
3. Porcentaje de partículas trituradas EN 933-5
4. Contenido en finos EN 933-1
5. Calidad de los finos EN 933-8 y EN 933-9
6. Resistencia a la fragmentaron EN 1097-2
7. Resistencia al desgaste EN 1097-1
8. Densidad de partículas EN 1097-6: 2000, capítulos 7, 8 o 9
9. Absorción de agua EN 1097-6: 2000, capítulos 7, 8 o 9
10. Componentes que modifican la velocidad de fraguado
10.1 Hidróxido de sodio EN 1744-1
10.2 Ácido fulvico(si no supera el hidroxido de sodio) EN 1744-1
10.3 Ensayo de resistencia comparada EN 1744-1
10.4 Tiempo de fraguado EN 1744-1
11. Resistencia a los ciclos de hielo y deshielo EN 1097-6, EN 1367-1, EN 1367-2
12. Sustancias Peligrosas Cuando se requiera si existen dudas.
ENSAYOS SOLO PARÁ ÁRIDOS RECICLADOS
13. Densidad de partículas EN-1097-6
14. Ensayo de Clasificación EN 933-11
15. Sulfatos solubles en agua EN 1744-1
16. Contenido en Azufre EN 1744-1
17. Contaminantes orgánicos: Húmicos EN 1744-1
No todos los ensayos que aparecen en la norma serán aplicables para la comercialización de los áridos reciclados como bases y subbases. Si además de esta aplicación se quiere comercializarlos como capas tratadas con conglomerados hidráulicos, entonces se podrían incluir algunos de los ensayos específicos para esta aplicación.
Es muy importante para el posicionamiento de los áridos reciclados el marcado CE, ya que con la entrada en vigor de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en algunas Comunidades Autónomas la Administración ha cambiado los criterios sobre almacenaje de áridos reciclados y RCD, puesto que en el artículo 5 dice:
Artículo 5 Fin de la condición de residuo
1. Por orden del Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se podrán establecer los criterios específicos que determinados tipos de residuos, que hayan sido sometidos a una operación de valorización, incluido el reciclado, deberán cumplir para que puedan dejar de ser considerados como tales, a los efectos de lo dispuesto en esta Ley y siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que las sustancias u objetos resultantes se usen habitualmente para finalidades específicas;
b) que exista un mercado o una demanda para dichas sustancias u objetos;
c) que las sustancias u objetos resultantes cumplan los requisitos técnicos para finalidades específicas, la legislación existente y las normas aplicables a los productos; y
d) que el uso de la sustancia u objeto resultante no genere impactos adversos para el medio ambiente o la salud.
Según lo anterior, la valorización como tal podría no garantizar que un RCD deje de considerarse un residuo si la Consejeria de Medio ambienten así lo considera, lo que podría convertir al árido reciclado nuevamente en un RCD pasado un tiempo si no tuviese aplicación. Esta situación, si se aplicase, podría agravar la ya difícil situación de los gestores, los cuales tienen que luchar para introducir en el mercado un producto que en muchos de los casos ni la misma Administración apoya en sus obras, y que en época de crisis se suelen acopiar por largas temporadas en espera de un consumidor. Es por esto que el marcado CE de los áridos reciclados es una herramienta para la constatación de estos como producto, ya que este marcado en ninguno de los casos se daría a un residuo por parte de una empresa certificadora.
El primer paso para la elaboración del marcado CE de los áridos reciclados son los ensayos iniciales con estos se podrá evaluar la calidad de el árido y si cumple como tal de acuerdo a la norma.
Para la elaboración del marcado CE se debe controlar todo el proceso productivo de los áridos, desde la materia prima (RCD), la maquinaria, formación de los trabajadores, empresas subcontratadas, control de admisión, etc.
Existe una documentación exigida por la norma para el marcado CE de los áridos en la que se tratan todos los puntos del proceso productivo. El marcado esta compuesto por la siguiente documentación:
Manual de Control de Producción: constituyendo el documento básico que sirve de referencia y del que emanan todas las actuaciones necesarias para garantizar que los productos objeto de la actividad de la empresa son conformes con las especificaciones que los definen.
Procedimientos Generales: Son aquellos documentos que describen la forma de llevar a cabo actividades cuyo alcance es ínter departamental, o bien describe la sistemática de actuación que es de aplicación global. Los procedimientos generales son básicamente de gestión.
Instrucciones Técnicas: Son aquellos procedimientos que se crean para describir un servicio, producto u operación concreta y su aplicación es básicamente técnica.
Registros: Son los documentos no elaborados por la empresa, no desarrollados en ningún procedimiento, cuya información es aplicada por la empresa en el desarrollo de sus trabajos y que tiene influencia en la calidad de los mismos.
Documentos externos: Son los documentos no elaborados por la empresa, no desarrollados en ningún procedimiento, cuya información es aplicada por la empresa en el desarrollo de sus trabajos y que tiene influencia en la calidad de los mismos.
Son documentos externos básicamente:
1. Normas UNE de especificaciones, ensayos, análisis e inspección.
2. Publicaciones técnicas que aplican.
3. Legislación técnica.
4. Requisitos generales de clientes.
5. Informes de ensayo realizados en Laboratorios Externos.
Desde RCD Asociación se está incentivando a que las plantas de reciclaje de RCD marquen sus productos para una mejor comercializaron y que las empresas consumidoras tengan mas garantías de calidad que incremente la confianza de los consumidores en los Áridos Reciclados.